Cómo nos afecta la subida del Salario Mínimo Interprofesional
El miércoles 5 de febrero se publicó en el BOE el Salario Mínimo Interprofesional del año 2020 (puedes acceder a la publicación pinchando aquí), lo que significa que en la próxima nómina ya debe venir reflejado y que, además, las empresas deben abonar los atrasos correspondientes a enero.
Esta medida afecta a aquellas personas que no llegaban a cobrar 950 euros de salario (brutos) y su efecto inmediato es que su salario debe alcanzar esta cifra. Esto es para un o una trabajador o trabajadora a tiempo completo, ya que si se trata de una jornada parcial (por ejemplo, 20 horas a la semana) el efecto es el mismo proporcionalmente hablando (en el ejemplo, la persona de 20 horas semanales tendrá que tener un salario mínimo de 475 euros).
Para las personas que cobran por encima de estas cantidades, la medida no tiene efecto ni supone un subida salarial.
No obstante, debido a que hay que tener varias cosas en cuenta para determinar si nos están pagando o no el Salario Mínimo Profesional, desde CGT Aragón – La Rioja hemos elaborado esta sencilla octavilla donde explica más detalladamente la subida del S.M.I. de 2020 y en qué tenemos que fijarnos para comprobar si se está haciendo efectiva.
También se puede consultar aquí la definición de Salario Mínimo Interprofesional.