MT_Borrador Orden Certificación de Registro de Centros de Profesorado
Mesa Técnica_25.01.19_Revisión borrador Orden de Certificación de Registro de Centros de Profesorado
Lunes 28 de enero de 2019, por FASE CGT
Orden del día: Revisión borrador Orden de Certificación de Registro de Centros de Profesorado.
El borrador adjunto es un documento de trabajo que será modificado con las aportaciones de los Centros de Profesorado y los sindicatos antes de presentarse al Consejo Escolar de Aragón. Esta Orden reconocerá la formación de las docentes de Aragón y tiene continuidad con la anterior, de 18 de mayo de 2015.
Principales novedades:
1.- Reconoce la formación modular. Se certificará aquella actividad (ponencia, taller, encuentro…) marcada como formación modular, que forme parte de otra actividad general, seleccionada por la docente, cuando lleve un mínimo de 10 horas acumuladas dentro de un mismo curso académico. Es decir, que si dentro de una actividad general, que consta de varias ponencias, por ejemplo, nos interesa una en particular, ésta podrá ser reconocida y certificada siempre y cuando esa actividad general esté calificada como formación modular.
2.- Contempla y deja una puerta abierta a la formación informal, por mi cuenta. Formación que hayamos adquirido mediante actividades de autoformación y pueda ser acreditada mediante evidencias o pruebas no formales. Se establecerán convocatorias a tal efecto.
3.- Se mantiene la asistencia obligatoria del 85% mínimo en las actividades presenciales, pero en aquellas que tengan una duración igual o superior a 30 horas, se contabilizarán como asistencia al curso aquellas sesiones en las que el participante deba ausentarse por deber justificado en el desempeño de sus funciones docentes: asistencia a un claustro, evaluaciones, comisiones pedagógicas….
El gran problema que vemos en CGT es que a las personas no docentes sí se les certificará la actividad de formación pero no serán inscritas en el Registro. Sí se registrarán a partir de 1º del grado de Educación Primaria o Infantil y también en cuanto nos matriculemos en el Master de capacitación pedagógica, lo cual es una discriminación para estudiantes de enseñanzas medias, quienes no podrán empezar a realizar cursos hasta que no lleguen al máster, mientras que los de primaria lo pueden hacer durante la realización del Grado.
Otra novedad es que sí se podrá certificar la labor de coordinación de un curso y la de ponente del mismo, hasta ahora había que elegir, no se podían certificar las dos.
Y ya por último, las actividades de investigación, avaladas por organismos públicos competentes, también serán reconocidas, ver artículo 31, y deberán tener una duración mínima de un año.