Desde CGT Unizar valoramos positivamente esta sentencia
Las investigaciones científicas deben evaluarse por su contenido y no solo por el medio en el que se publiquen
La Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en Sentencia emitida el 12 Junio de 2018, establece que la evaluación de la actividad investigadora del personal universitario docente e investigador no debe ceñirse únicamente a la revista o medio en el que se publiquen los trabajos.
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