Inconcreción y dudas sobre las reuniones presenciales en pleno estado de alarma
Inconcreción y dudas sobre las reuniones presenciales en pleno estado de alarma
Desde que comenzó el curso, hemos recibido numerosas llamadas y quejas de profesorado de todos los niveles de los centros Públicos de Aragón por las dudas con relación a la presencialidad en las reuniones colegiadas o de trabajo y lo establecido en las Instrucciones de inicio de curso y la recomendación de la modalidad telemática. En la actual situación, en un nivel 3 de alerta y la declaración del estado de alarma, las quejas se han ante diversas convocatorias a Claustros y reuniones presenciales, en donde pueden coincidir en el mismo espacio un número importante de docentes.
En el apartado Decimosexto de la Orden de 27 de agosto de 2020, del Consejero de Educación, Cultura y Deporte por la que se dictan las instrucciones sobre el marco general de actuación, en el escenario 2, para el inicio y desarrollo del curso 2020/2021 se señala lo siguiente:
- -Reuniones del profesorado. Se deben priorizar las reuniones telemáticas. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, permite la celebración a distancia de reuniones de los órganos colegiados-
- -Artículo 23. Centros de trabajo.
- d) Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible mayor afluencia.
- e) Adoptar medidas para la promoción del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.
- -Artículo 31. Aplicación general de la fase 1 del proceso de desescalada.
- t) Los congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos y similares deberán realizarse en modalidad telemática.