Convocado Concurso de Traslados
RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2022, de la Directora General de Personal del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal de personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
1 solicitud por Cuerpo a presentar en la Administración del centro desde el que se participa a través de PADDOC desde el 17 de octubre hasta el 7 de noviembre, ambos inclusive.
Los méritos correspondientes a los apartados 1.1.1 (antigüedad carrera con destino definitivo), 1.1.2 (antigüedad provisional) y 2 (Cuerpos de Catedráticos) se añaden de oficio por la Administración.
Resto de méritos, salvo apartado 6.1 (publicaciones), se añaden algunos de oficio. Se deberá acceder a cada uno de ellos y comprobar, en caso de error, reclamación telemática a través del icono “R”.
Publicaciones (apartado 6.1). Si se desean baremar todas las publicaciones, desmarcar el check, alegar y justificar. Si el último concurso fue antes de 2010, tendrá que volver a alegar y justificar todas.
Para ver la solicitud, pulsa aquí.
Hola!
Una duda.
¿Al final a las funcionarias en prácticas nos puntúan los años trabajados como interinas?
En traslados la novedad, viene al principio de la Orden y en el baremo, es que la antguedad en el Cuerpo no se limita a los años de carrea, sino a interinidad y prácticas.
Supongo que si no se quiere concursar no es obligatorio ¿es así? El curso pasado estaba de prácticas y tuve que concursar.
¿Hay algún cambio que afecte en ese sentido?
Si tienes plaza definitiva no tienes que la obligación de concursar
hola! una duda en lo referente a la baremación que contestabas anteriormente kike En traslados la novedad, viene al principio de la Orden y en el baremo, es que la antguedad en el Cuerpo no se limita a los años de carrea, sino a interinidad y prácticas.
Si la interinidad ha sido en otra comunidad autónoma, vale los contratos? no sé si me da tiempo depedir una hoja de servicio…gracias, e imagino que la antigüedad se podrá ver antes de enviar la solicitud… buen fin de