CONDICIONES DIGNAS PARA LOS TRIBUNALES DE OPOSICIONES: ¿Qué ha reclamado CGT?

CONDICIONES DIGNAS PARA LOS TRIBUNALES DE OPOSICIONES: ¿Qué ha reclamado CGT?

CONDICIONES DIGNAS PARA LOS TRIBUNALES DE OPOSICIONES: ¿Qué ha reclamado CGT?

MEJORA EN LA INFORMACIÓN DEL PROCESO:

Cuando se exige un cambio de funciones y la asunción de una responsabilidad importante como es valorar con diversas pruebas qué  personas candidatas pueden optar a conseguir una plaza como funcionaria de carrera,  se necesita una información y formación de calidad.

Es imprescindible que se dote al conjunto de las personas trabajadoras que componen los Tribunales de la misma información y formación, para que actúen del mismo modo independientemente de la especialidad o provincia en la que intervengan. Deben disponer de toda la información relevante con suficiente tiempo para su comprensión, antes de ejercer sus funciones. Así mismo, deben tener el acompañamiento continuo de personas coordinadoras.

MATERIAL NECESARIO:

Los Tribunales y la Inspección y Coordinación deben reunirse para preparar con el suficiente tiempo todo el material necesario para la primera prueba, de tal manera que esté preparado antes del día de la convocatoria.

Cada centro con Tribunal debe tener el material fungible preciso, consistente en agua, grapadoras, celo, gomas, fundas transparentes, folios y todo aquél que sea imprescindible para poder trabajar de una forma cómoda y tranquila.

EXCESO DE HORAS:

La jornada laboral ordinaria para el personal docente de Aragón está establecida actualmente en 37,5 horas semanales, por lo que no correspondería desarrollar más tiempo de trabajo. Así pues es necesario:

  • Ampliación de los tiempos asignados para las correcciones, que impidan jornadas maratonianas, estableciendo la jornada diaria máxima regular de 9 horas diarias, tal y como establece la normativa laboral.
  • Incorporación de un número mayor de Tribunales, permitiendo reorganizarlos en el caso de que el número de opositores y opositoras se reduzca.
  • Reconocimiento del exceso de jornada como horas extraordinarias, debiendo ser abonadas o compensadas por tiempo de descanso en septiembre, con un valor para la compensación o el abono del 150% de la hora ordinaria.

ALOJAMIENTO

Todas las personas trabajadoras miembros del Tribunal que estén desplazadas de su localidad de residencia deberán conocer y disponer con la antelación suficiente de un alojamiento que cumpla unos mínimos de calidad y condiciones, debiendo ser reservado y abonado siempre por parte de la administración.

Si las condiciones del alojamiento se consideran no adecuadas por parte de la persona trabajadora, la administración deberá proponer nuevas instalaciones de forma urgente, para que desde la primera noche resida en un lugar digno.

PAGO DE DIETAS Y TRANSPORTES

Todas las personas integrantes de los Tribunales en todas las especialidades y provincias aragonesas tendrán derecho a las dietas correspondientes establecidas en la normativa, no siendo posible diferenciar abonos para quienes viven en la localidad, cubriendo exclusivamente el gasto efectuado.

En los casos en los que la persona trabajadora deba de adelantar los gastos de dietas y/o locomoción, la administración estará obligada a su abono puntual al mes siguiente de dicho gasto, una vez tenga conocimiento del mismo, tal y como se establece en la normativa laboral de uso y costumbre.

RETRIBUCIÓN ESPECIAL  POR LOS SERVICIOS EXCEPCIONALES PRESTADOS:

Ser miembro de un Tribunal supone una responsabilidad y desarrollar multifuncionalidad, jornadas irregulares, traslados obligatorios y otras modificaciones importantes, por lo que se hace necesario valorar el reconocimiento económico de esta disponibilidad y compromiso, facilitando una asignación retributiva especial, con la denominación de Complemento Específico por ejercer como miembro de Tribunal.

DERECHO A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES:

Las condiciones medioambientales establecen que en los locales de trabajo cerrados, para la realización de los trabajos propios de oficinas y similares, como sería el caso, las temperaturas estarán situadas  entre los 17 y 27 ºC, por lo que hay que seleccionar para las sedes de oposiciones aquellos centros cuyas instalaciones faciliten aire acondicionado o climatizadores que permitan dichas temperaturas.

En cuanto a las condiciones ergonómicas, se hace imprescindible que se realice por parte de la administración una evaluación de riesgos psicosociales, identificando  y evaluando los factores que pueden contribuir a la carga mental, como el estrés, la sobrecarga de trabajo, la falta de control sobre el trabajo, y las relaciones interpersonales en el entorno laboral, situaciones que se generan en el ámbito de trabajo de los Tribunales de oposiciones.

ERRADICACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN TERRITORIAL:

Se debe plantear la participación en Tribunales de todas las personas competentes, independientemente de su localidad de residencia.

EXENCIONES:

Quienes tengan a su cargo menores de 3 años o siendo familias monoparentales con menores de 12 años de otra provincia, no formarán parte de los Tribunales.

Os dejamos archivo PDF para colgar en vuestros centros ALrecreoTribunales

kike

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