CGT SANIDAD CRITICA LA ACTUACIÓN DEL JUEZ DEL JUZGADO Nº 7 DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA
El 13 de septiembre de 2023, se ha celebrado el juicio donde se debía determinar el
origen laboral del contagio de SARS– CoV 2 sufrido por Yolanda Lorente, Celadora del
Servicio Aragonés de Salud (SALUD).
Tanto la trabajadora, como CGT Sanidad acudíamos a la vía judicial, a la espera de
que en este caso y en los demás que se puedan dar, se obligue al INSS y al SALUD a dar
cumplimiento a la legislación vigente con las trabajadoras sanitarias y socio-sanitarias que se
han contagiado por SARS-CoV- 2, mientras ejercían su profesión, reconociendo dicha
contingencia como enfermedad profesional.
Así lo establece el art.6 Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero.
“1. El personal que preste servicios en centros sanitarios y socio-sanitarios inscritos en los
registros correspondientes que, en el ejercicio de su profesión, durante la prestación de
servicios sanitarios o socio-sanitarios, haya contraído el virus SARS-CoV- 2, dentro del
periodo comprendido desde la declaración de la pandemia internacional por la
Organización Mundial de la Salud hasta el levantamiento por las autoridades sanitarias de
todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria
ocasionada por el mencionado virus SARS-CoV-2, tendrá las mismas prestaciones que el
sistema de la Seguridad Social otorga a las personas que se ven afectadas por una
enfermedad profesional.
Yolanda Lorente contrajo el virus SARS- CoV-2 en marzo 2020, mientras ejercía su labor en
el Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza. Desde entonces y hasta la actualidad ha
venido padeciendo diversas dolencias y sintomatología derivada de ese contagio. Uno de
esos síntomas más perceptibles, es una tos continua, que le lleva acompañando desde hace
más de tres años. Hasta la fecha no ha habido ninguna respuesta terapéutica que lograra sanar
esa afectación.
A los pocos minutos de iniciarse la vista oral del juicio, el juez procede a interrumpir la
intervención del abogado del INSS y dirigiéndose a la trabajadora le recrimina que con
sus continuas toses no podía escuchar a los intervinientes. Nuestra compañera le
responde que ella no puede evitar toser. El magistrado entonces le ordena salir de la
sala.
A continuación, se suceden las intervenciones, finalizando las mismas la abogada
representante de la Mutua Patronal MAZ, quien enhebra un discurso clasista contra la trabajadora, por su condición de Celadora, realizando afirmaciones alejadas de la
verdad, con una clara intencionalidad denigratoria contra la demandante.
Cuando el letrado de Yolanda Lorente intenta ejercer su turno de conclusiones, para
refutar, entre otras, las infames manifestaciones de la representante de la entidad
patronal, el juez se lo impide, dando por finalizado el juicio.
CGT Sanidad rechaza la actuación del titular del Juzgado nº 7 de lo Social, quien no
solo ha mostrado poco entendimiento de las pretensiones de la trabajadora, sino que
además la ha maltratado por su condición de enferma, expulsándola de la sala donde se
estaba dirimiendo el reconocimiento de sus dolencias como enfermedad profesional.
Tampoco parece nada justa, la limitación de exposición argumental impuesta a su
representante legal, cercenando el trámite de conclusiones.
Cabía esperar, siempre dentro de la objetividad legal, que hubiera un mínimo de
sensibilidad social, en un juzgado que se denomina de “lo Social”, donde las dolencias y
lesiones forman parte del día a día de muchos de los procedimientos. Lo que ha
sucedido con Yolanda Lorente nos parece indignante y está lejos de la potestad
jurisdiccional atribuida a jueces y magistrados.
No vamos a aceptar que ninguna persona trabajadora que busque amparo judicial para
el reconocimiento de sus dolencias como contingencias profesionales, reciba un trato
injusto y desconsiderado por quien precisamente debería ser el mayor garante de que
eso no suceda.