Convalidado el decreto que obliga a la convocatoria nuevos concursos de méritos en la Administración Pública
La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados da luz verde a la norma que insta a cubrir las plazas vacantes garantizando la igualdad de condiciones en el acceso al personal en abuso de temporalidad que fue cesado o no logró superar anteriores procesos
26 de julio de 2023
La Diputación Permanente convalida el Real Decreto Ley 5/2023 que autoriza en su artículo 217 una tasa adicional a las Administraciones Públicas para la convocatoria de nuevos procesos selectivos, con la finalidad de cubrir nuevas plazas y garantizar en todo el territorio el derecho de acceso en condiciones de igualdad a los procesos de estabilización de empleo público.
La medida insta a la apertura de concursos de méritos para cubrir aquellas plazas de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021 por personal con una relación de esa naturaleza anterior al 1 de enero de 2016, que no haya superado el proceso de estabilización mediante un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Obligatoriedad de la convocatoria
Conocida la convalidación del decreto, la Federación de Estatal de Trabajadores de la Administraciones Públicas (FETAP-CGT) ha solicitado al Ministerio de Hacienda y Función Pública que emita una instrucción sobre sus puntos clave, “para evitar que las Administraciones Públicas incumplan la normativa de estabilización de interinos”.
En este sentido, subraya que el decreto es un mandato que obliga a las distintas administraciones a la convocatoria de estas plazas, en sintonía y coincidencia con la interpretación que al respecto hacen PSOE y Partido Popular, grupos políticos con los que el sindicato ha mantenido contactos durante el proceso de convalidación de la norma.
FETAP-CGT señala que el decreto viene a corregir “el incumplimiento de algunas administraciones, caso de la Comunidad de Madrid o el Gobierno de Aragón, del mandato contenido en la Ley 20/2021, como el hecho de que plazas que cumplían con los requisitos no se incluyeron en el proceso extraordinario de estabilización por formar parte de convocatorias publicadas antes de su entrada en vigor”. Para el legislador, “este error de ejecución ha vulnerado el principio de igualdad entre los empleados públicos, al permitir que procesos similares se convoquen con diferentes condiciones”.
Ante la posibilidad de que haya Administraciones Publicas que solo den cumplimiento simbólico al decreto, usando solo plazas desiertas de los procesos ya resueltos, el sindicato advierte de que “la norma es clara y tajante: si fueran necesarias, se tienen que crear las plazas para los afectados» y añade que “estará vigilante para que todas estas nuevas plazas, desiertas o vacantes sean convocadas y los empleados en abuso de temporalidad cesados o suspendidos puedan consolidar finalmente su puesto de trabajo”.
El Real Decreto fija que la nueva oferta de empleo público deberá estar aprobada antes del 31 de diciembre de 2023 y resuelta antes del 31 de diciembre de 2024, ajustándose a los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia.